Entre las principales medidas que tomó el Gobierno, se resalta la fijación de topes a los retiros de dinero en los cajeros electrónicos por fuera de la red propia, los cuales no podrán ser mayores a $3.965 (20 UVR).
Así mismo, el decreto 4809 del 20 de diciembre de 2011 señala que las entidades financieras deben avisar a sus clientes antes de incrementar tarifas de los productos y servicios que ofrezcan a los usuarios.
También establece que los establecimientos de crédito están en la obligación de presentar un informe anual de los costos que el cliente ha pagado por los servicios y tampoco podrán volver a cobrar por las operaciones fallidas.
Según el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, las medidas buscan estimular la libre competencia a través de unas normas que muestren transparencia de los precios ofrecidos a los consumidores.
“Esto permitirá tomar mejores decisiones en relación con la adquisición de los productos y servicios financieros que demanden los ciudadanos y, sobretodo, permitirá que más colombianos se bancaricen dentro de la estrategia de Inclusión Financiera que puso en marcha el Gobierno Nacional”, dijo Echeverry.
Por su parte, el superintendente Financiero, Gerardo Hernández, señaló que las entidades financieras deben ajustarse a estas medidas o podrán ser sancionados con multas.
Fuente:
Gobierno fijó techo para el cobro de las transacciones en cajeros de otra red