Ideas de Inversión

Use bien sus cesantías

A partir del 1 de julio, los trabajadores deberán elegir entre un portafolio de corto o largo plazo para sus cesantías. Dada la inestabilidad laboral del país, haga que le alcancen para cubrir seis meses de gastos y ahorre más del 30% de su salario para afrontar emergencias.

La reforma financiera de 2009 en materia de cesantías estableció que las sociedades administradoras de fondos de cesantías deben ofrecer dos tipos de portafolios de inversión. Los afiliados ahora tienen la posibilidad de elegir, para la administración de sus cesantías, entre un portafolio de corto plazo y uno de largo plazo o ambos.

El de corto plazo está diseñado para que aquellos que piensen retirar sus aportes rápidamente y está diseñado para que con el fin de mitigar el riesgo de perder valor por los retiros cercanos a la fecha de consignación. El portafolio de largo plazo es para que los afiliados que contemplen un horizonte de permanencia mayor a un año obtengan una mayor rentabilidad.

Transición

En una primera etapa, los saldos que los afiliados tuvieran a 31 de diciembre de 2.009 en las sociedades administradoras fueron trasladados al portafolio de largo plazo. Por su parte, los recaudas por concepto de cesantías que se hicieran a partir del 1 de enero de 2.010 quedaron en el portafolio de corto plazo.

A partir del 1 de julio de 2010 cada afiliado podrá definir la distribución de sus ahorros de cesantías en los dos portafolios. En caso en que la persona no elija, entre el 16 y el 31 de agosto de cada año los saldos que estén en el portafolio de corto plazo serán trasladados al de largo plazo.

Inversiones

El portafolio de corto plazo debe estar respaldado por inversiones muy líquidas y a menos de un año. En este portafolio están prohibidas las inversiones en participación de fondos de capital privado, carteras colectivas cerradas, productos estructurados de capital protegido, entre otras.

Rentabilidad mínima

Ambos portafolios tendrán una rentabilidad mínima. El de largo plazo conserva la fórmula y metodología existente, mientras en el de corto plazo la rentabilidad mínima está atada a la rentabilidad de un título a 90 días.

La rentabilidad esperada será siempre mayor en la subcuenta de largo plazo que en la de corto plazo. En el período comprendido entre enero y abril de 2.010 la rentabilidad mínima obligatoria del portafolio de corto plazo fue de 1,82% efectivo anual, mientras que la del portafolio de largo plazo fue de 8,82%.

Traslados

Un afiliado podrá trasladar sus recursos del portafolio de corto plazo al de largo cada 6 meses. Si lo que quiere es cambiarse de la subcuenta de largo plazo a la de corto, este cambio sólo se puede hacer pasado un año después de haber hecho la última elección.

Retiros, pignoración o embargo

La reforma no estableció ninguna restricción para hacer retiros del portafolio de largo plazo. Esto quiere decir que si el afiliado queda cesante o solicita un retiro parcial, la administradora se lo dará en los cinco días hábiles siguientes.

Cuando el afiliado tiene sus cesantías en los dos portafolios, los retiros parciales se realizan primero de los saldos disponibles en el de corto plazo. En caso que falte, se utilizarán los recursos de la subcuenta de largo plazo.

Si las cesantías van a ser pignoradas o embargadas se afectarán en primer lugar los recursos que estén en el portafolio de largo plazo y si no son suficientes, los que estén en la de corto plazo.

Comisiones de administración

Las comisiones por concepto de administración de cesantías son distintas para cada uno de los portafolios: por el de largo plazo se cobra una comisión del 3% anual sobre el valor del portafolio liquidado diariamente, mientras por la administración del portafolio de corto plazo pueden cobrar el 1% anual.

Las sociedades administradoras podrán cobrar por los retiros anticipados de cualquiera de los dos portafolios una comisión equivalente al 0,8% del retiro.

Qué no cambió

· El empleador seguirá consignando a las sociedades administradoras la misma cuantía por concepto de cesantías y en la misma fecha.

· Las causales para retirar las cesantías tanto de forma definitiva como parcial se mantienen iguales (el afiliado queda cesante o solicita un retiro parcial para remodelar o comprar vivienda o financiar estudios de educación superior).

· Los afiliados siguen estando libres para elegir su sociedad administradora y trasladar sus recursos cuando lo consideren.

Cuánto hay que ahorrar

Los asesores financieros coinciden en la conveniencia de tener un fondo de emergencia que cubra por lo menos seis meses de su presupuesto. Por ello, tener una mayor cultura del ahorro y conciencia sobre el uso de las cesantías es clave.

En caso que un afiliado con un ingreso de $2’500.000 millones y gastos mensuales de $1’800.000 que su único ahorro sean sus cesantías, debería mantener en el portafolio de largo plazo una cifra cercana a $10’800.000. Estos recursos tendrán una mayor rentabilidad, ahora es siete puntos porcentuales más alta que la rentabilidad mínima del portafolio de corto plazo. Además, en caso de quedar cesantes los recursos estarán disponibles en cinco días hábiles.

Esta premisa tiene particular relevancia si se tiene en cuenta que la inestabilidad e informalidad del empleo en Colombia continúa siendo muy alta. Según cifras del DANE, la tasa de desempleo fue de 11,8% en marzo de 2010. Las mujeres jóvenes presentaron una tasa de 30%, mientras que el desempleo masculino joven se situó en 17,8%.

Aunque el comercio, restaurantes y hoteles absorbieron el 64,7% de la población ocupada, el número de desempleados cesantes en esta rama es de 613.000 y representa el 26,4% de la población cesante. Ramas como la manufacturera, de servicios y la agricultura aportan el 25%, 13% y 9,6%, respectivamente.

Si trabaja en alguno de estos sectores, su profesión y oficio es de las menos demandadas o su contrato es a término fijo, tenga un fondo de emergencia mucho mayor. Además de las cesantías, ahorre un porcentaje de sus ingresos. Como están las cosas puede que consiguiendo trabajo se demore más de seis meses.

Aunque no hay un número mágico. Los asesores financieros coinciden en que en estos casos hay que apretarse. Ahorrar más del 30% del salario es una recomendación. Si gana $2’500.000, gaste hasta $1’750.000 y ahorre la diferencia. Haga un presupuesto que le permita ajustarse, incluya gastos básicos como vivienda, salud, educación, comida, seguros y transporte. Probablemente haya que limitar los gastos en diversión, viajes, ropa y rumba e incluso sacrificar gastos como la televisión por cable, el plan del celular y el gimnasio.

Fuente:

Use bien sus cesantías

http://www.finanzaspersonales.com.co