¿Cómo prevenir el acoso laboral?

En Colombia es poco visible la realidad que se vive en torno al acoso laboral dado que los afectados guardan silencio por miedo a perder su único ingreso económico. ¿Qué debe hacer la empresa para evitar que estas situaciones se den?

Pese a que el informe de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, reveló que en el año 2013, las denuncias de acoso laboral disminuyeron en un 70%, con relación al 2012, las situaciones de acoso laboral son más frecuentes día tras día. Sólo que se viven en silencio.

Existen otros que nunca se dan cuenta de que están siendo víctimas porque la concepción y el tabú que tienen de esta palabra solo les permiten relacionarlo con el acoso sexual.

Según la ley, se entiende como acoso laboral toda conducta persistente y demostrable encaminada a infundir miedo, intimidación, terror, angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del mismo, ejercida sobre un empleado por parte del empleador, jefe, un subalterno o compañero de trabajo.

Entre las conductas más típicas que constituyen acoso laboral están los actos de agresión verbal o física, expresiones injuriosas, humillaciones descalificantes, injustificadas amenazas de despido, cambios caprichosos de turnos, sobrecarga de trabajo o la negativa injustificada a otorgar permisos al trabajador.

Estas conductas ocasionan vergüenza, incomodidad y problemas de salud en las víctimas, que pueden desencadenar enfermedades mentales, además, afecta de manera significativa la productividad de la compañía. Chistes, comentarios, burlas directas, señalamientos o saboteos son comportamientos que a menudo pasan por inofensivos, pero que pueden ser los síntomas iniciales.

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La Ley 1010 de 2006 sobre acoso laboral busca prevenir, corregir y sancionar diversas formas de agresión, maltrato, trato desconsiderado y ofensivo, así como todo ultraje a la dignidad del trabajador o los jefes, explica Natalia Zambrano, Gerente de Nixus Capital Humano, firma del Grupo Colpatria, dedicada a la consultoría especializada en recursos humanos.

Según Natalia Zambrano, este comportamiento debe ser persistente y demostrable cuyo objetivo primario es causar miedo, intimidación y sensación de angustia en el trabajador, y este a su vez reproducirlo en desmotivación frente a sus actividades diarias hasta llegar a la renuncia.

La ley establece que de probarse el acoso, las sanciones pueden ser multas entre dos y diez salarios mínimos para la persona que lo ejerza y el empleador que lo tolere; indemnizaciones de ley correspondientes si la víctima renuncia, puesto que se puede tomar como renuncia motivada; pago del 50% de los costos de tratamiento de las enfermedades que puedan llegar a presentar los trabajadores víctimas de acoso laboral, a cargo del sujeto activo del acoso, y por supuesto de la empresa que no tomó las medidas necesarias.

Como medidas preventivas, el Ministerio de Protección Social, a través de la Resolución 2646 del 2008, establece que las entidades públicas y privadas deben conformar un Comité de Convivencia laboral cuyas funciones estarán relacionadas con el acoso laboral en los reglamentos de trabajo.

Natalia Zambrano asegura además, que es necesario que las empresas desarrollen estrategias para erradicar el acoso laboral; estas deben ser adaptadas a la propia realidad de la compañía y sus trabajadores.

Nixus Capital Humano en su Seminario Comité de Convivencia y Resolución de Conflictos, donde se analizaron estrategias para contribuir al desarrollo de las habilidades de negociación, a través de casos que evidencian este tipo de conductas, dio a conocer varias recomendaciones de prevención del acoso laboral, además de brindar herramientas para la resolución de los casos:

• Divulgar el significado de acoso laboral en la oficina.

• Asegurar vías para resolver los conflictos de manera objetiva y democrática.

• Establecer contactos independientes con los trabajadores.

• Investigar el alcance y naturaleza del problema.

• Implicar a los trabajadores y representantes en la prevención del acoso laboral.

• Divulgar continuamente los valores, normas de la organización, consecuencias y sanciones del incumplimiento de las normas.

• Indicar dónde y cómo pueden obtener ayuda las víctimas.

• Garantizar el derecho a quejarse sin represalias.

• Mantener la confidencialidad.

• Escuchar a ambas partes de forma objetiva.

• Incluir en la cultura organizacional la planificación y el diseño de las relaciones sociales.

Fuente:

¿Cómo prevenir el acoso laboral?

http://www.finanzaspersonales.com.co/

Image cortesia de David Castillo Domici/ FreeDigitalPhotos.net
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