El Cree se pagará únicamente de forma digital

Dian filas impuestos

A partir del primero de agosto próximo, el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (Cree), solo se podrá pagar de manera electrónica. Sin embargo, cientos de contribuyentes aún están enredados con el formulario y no encuentran explicación a la forma cómo se implementó este impuesto.

Al menos 255.000 personas jurídicas aplicarían para aportar este gravamen que se estableció para recaudar los recursos que permitan financiar al Sena y al Icbf, tras la decisión del Gobierno de desmontar los parafiscales o impuestos sobre la nómina, que iban directo a la bolsa de financiación de las dos entidades.

El ritmo que tuvo el recaudo en junio, cuando se obtuvieron 367.000 millones de pesos de los 588.000 millones que se tenían previstos, indicó a la Dian que había muchas dudas sobre la manera de declarar el tributo del Cree y realizar el pago correspondiente.

“Tras jornadas informativas y de capacitación, en julio ingresaron 416.985 millones de pesos”, indicó Cecilia Rico, directora de Ingresos de la Dian.

Lo primero que deben saber los contribuyentes es que entran al grupo de obligados las personas jurídicas y sociedades de hecho que, por sus funciones, intervengan en actos u operaciones en los cuales deben efectuar la retención en la fuente del impuesto, según establece la reforma tributaria.

PERSONAS NATURALES

También están en el mismo paquete las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que el año inmediatamente anterior tuvieron un patrimonio bruto o ingresos brutos superiores a 805’230.000 pesos.

Los consorcios y las uniones temporales, las entidades de derecho público, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los fondos de inversión, los fondos de valores y los fondos comunes que administren las entidades fiduciarias o las sociedades que los administren o las entidades financieras que realicen pagos a los inversionistas, también harían parte de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta para la Equidad.

INTERESES DE MORA SI NO PAGA A TIEMPO

Ante la proximidad de la fecha de pago exclusivo electrónico, la directora de gestión de ingresos de la Dian, Cecilia Rico, recomienda que, toda empresa que aún no tenga el mecanismo digital debe solicitarlo en cualquier punto de atención de la entidad, de manera que pueda declarar y pagar el tributo en forma digital.

“Una de las confusiones con el Cree es que muchos le llamaron contribución, pero no, es un impuesto como tal y tiene la misma reglamentación. Por lo tanto, se aporta vía retención y genera intereses por mora y sanciones por pago extemporáneo o no pago”. Hasta el momento se han expedido dos decretos reglamentarios sobre el Cree que se aporta cada mes, como una retención en la fuente, a partir de tres tarifas diferenciales.