El leasing no lo exonera del pago de impuestos

El arrendatario de un bien financiado por leasing debe asumir todos costos asociados al uso, goce y propiedad del activo, entre los cuales están los impuestos.

El arrendamiento financiero o leasing, está diseñado para financiar los activos fijos generadores de renta y aunque la propiedad se mantenga en la compañía, con el canon de arrendamiento, el cliente está amortizando por todo el plazo del contrato para que al finalizar el plazo se ejerza  la opción de compra, que lo hace propietario final del activo.

Por lo anterior, al estar disfrutando el bien, el arrendatario debe cumplir con obligaciones como el pago de los impuestos locales y nacionales.

Por ejemplo, en el caso de los vehículos, la persona que contrata el leasing debe pagar el impuesto de rodamiento, de semaforización, multas, sanciones y comparendos por violar normas de tránsito o normas ambientales. Además, debe realizar la revisión técnico mecánica en forma periódica.

Para los inmuebles, es necesario pagar el impuesto predial, el de delineación
urbana en caso de construcción, las cuotas de administración ordinarias o extraordinarias, las multas, los gravámenes o tasas de valorización y las valorizaciones o contribuciones que recaigan sobre los inmuebles. Asimismo, se deben mantener al día las licencias ambientales.

Los expertos de leasing Bancolombia, recomiendan que es importante velar por mantener en buen estado los activos, como realizar los mantenimientos y seguir las recomendaciones del fabricante.

“No pagar el impuesto predial en 6 años, le puede generar costos por sanción e intereses de mora hasta por un 300% más de lo que pagaría si lo hiciera a tiempo. En vehículos, hasta un 200% más”, afirman los expertos de leasing Bancolombia.

Fuente:

El leasing no lo exonera del pago de impuestos

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